DICTÓ 9 MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA JOSE CASTILLA RUIZ POR FEMINICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA






El Juez del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Wilfredo Prado Huamán, dictó nueve meses de prisión preventiva para José Alberto Castilla Ruiz sindicado como presunto autor del delito de Feminicidio Agravado en Grado de Tentativa en perjuicio de Sonia Angelica Castilla Ferreyra De Ugaz.

Al imputado José Alberto Castilla Ruiz, se le incrimina de haber intentado quitarle la vida a su hija Sonia Angelica Castilla Ferreyra De Ugaz, en su condición de mujer, dentro del contexto de violencia familiar, aprovechando y abusando de su condición de padre.

Los hechos se producen al momento que la agraviada logra ver a su señora madre llorando y observa que el denunciado, su padre, se encontraba en estado de ebriedad, por lo que le pide una explicación del por qué su madre estaba asustada llorando; sin embargo, el denunciado reacciona de manera violenta, mediante insultos y ofensas, diciéndole, con un cuchillo en la mano, que la iba a matar, que es una maldita y más palabras soeces, intentando apuñarla con dicha arma blanca a la altura del pecho, instantes donde forcejeaban, Diana Consuelo Ferreyra Cosme, madre de la agraviada, intercedió para defenderla y evitó que su hija sea acuchillada por su progenitor, es ahí donde la víctima logró escapar y refugiarse en un baño para así pedir ayuda.

Cabe resaltar que el círculo de violencia familiar entre el denunciado hacia la madre de su hija y su hija, se habría dado de forma constante desde años anteriores por las continuas peleas presenciadas por la agraviada entre sus padres debido a los celos enfermizos de él, quien incluso habría llegado a amenazar a su madre con quitarle la vida en reiteradas ocasiones.

Durante el momento de la intervención, el denunciado José Alberto Castilla Ruiz, puso tenaz resistencia, intentando agredir al personal policial por lo que tuvo que ser reducido a la fuerza para poder trasladarlo a la comisaría; asimismo, en el registro personal se le encontró a la altura de la cintura, dos cuchillos de 15cm y 30cm aproximadamente, encontrándose además en aparente estado de ebriedad.

En la audiencia virtual el representante del Ministerio Público acreditó que en el presente caso se cumplen con los presupuestos establecidos para dictar dicha medida coercitiva, ya que la prognosis de pena es mayor a los 4 años y la gravedad de la misma indicaría que el procesado rehuiría la acción de la justicia

En su resolución el magistrado indicó que existen graves y fundados elementos de convicción que involucran al procesado con el hecho investigado. Añadió que de lo expuesto se desprende que existiría peligro de fuga ya que el domicilio donde reside el imputado pertenece a la familia de las agraviadas, tampoco pudo demostrar arraigo laboral pues indica que trabaja de manera independiente pero que actualmente no se encuentra laborando. Por último, no acreditó arraigo familiar pues no ha acreditado que algún familiar dependa directamente de él, por lo que se puede concluir que no cuenta con arraigo familiar que lo vincule con el proceso.

En atención a dichos elementos, el juez de Turno declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva y ordenó el inmediato internamiento del imputado a un centro penitenciario público, por el término de nueve meses.

Lima Sur, 15 de marzo de 2021

Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones
Corte Superior de Justicia de Lima Sur